Pronto habrá más cambios en la facturación electrónica por disposición del SAT

Es necesario que esté al pendiente de los comunicados que les hagamos llegar a fin de que mantenga actualizados sus sistemas y pueda cumplir en tiempo y forma.

Induxsoft está entregando las actualizaciones sin costo a todos los usuarios que cuentan con versiones 2014 y posteriores.

Contexto general

El pasado 14 de Julio de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación [DOF] la tercera Resolución Miscelánea Fiscal [RMF] para 2016.

En esa RMF se establece entre otras cosas, la obligación de emitir un CFDI por cada pago recibido relacionado a un CFDI.

Esperamos que las especificaciones del Complemento de Pagos estén disponibles antes del 14 de Agosto y por tanto sería una obligación a partir del día 15 de Septiembre del presente año 2016.

Además, como seguramente ya sabe, pronto habrá una nueva versión del estándar del CFDI y podemos observar cómo el SAT está moviéndose hacia la utilización de XML como único formato de presentación y cumplimiento de obligaciones.

Extracto del portal del SAT

ESQUEMA DE OPERACIÓN ACTUAL

Los contribuyentes emiten facturas por el total de la operación, las cuales no siempre vinculan con las facturas emitidas de los pagos posteriores, lo que puede implicar una acumulación incorrecta de los ingresos del contribuyente.

Algunos contribuyentes han denunciado que sus proveedores de bienes o servicios cancelan facturas que ya han sido pagadas, sin mediar para ello aviso o causa para dicha cancelación, con las consecuencias que conllevan a quien legítimamente tiene derecho a una deducción y acreditamiento de impuestos.

El SAT ha identificado casos en dónde se emite una factura por una operación a crédito o con pago diferido y el receptor de la factura no realiza el pago pactado pero sí pretende utilizar la factura recibida para deducir y acreditar, afectando con ello a los proveedores de bienes o servicios que cumplen con su obligación de facturar.

Los receptores de facturas electrónicas solicitaron al SAT aclarar la forma de generación de los pagos y establecer mecanismos que impidieran la cancelación de comprobantes cuando estos ya fueran liquidados, ya sea total o parcialmente.

MEDIDA INSTRUMENTADA POR EL SAT PARA ATENDER LA SITUACIÓN

Para atender los problemas mencionados el SAT ha publicado el 14 de julio 2016 en la Tercera Resolución Miscelánea Fiscal las siguientes medidas para facilitar la emisión de facturas en los casos de pagos en parcialidades o diferidos:

Emitir solamente una factura por el total de la operación.

Emitir un documento de pagos en dónde se detalla la cantidad que se paga e identifica la factura cuyo saldo liquida.

Cuando exista una factura por el total de la operación y esta tenga un documento de pagos, la factura no se podrá cancelar.

Estas facilidades entrarán en vigor 30 días después de la fecha publicación del documento digital de pagos en el portal de internet.

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